¿Cuales son las razones para que la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires carezca de régimen municipal?
Sobre la Buenos Aires oculta
Desde 1995, esto es hace más de diez años, la ciudad de Buenos Aires, que fue la primera en tenerlo con anterioridad a la sanción de la Constitución Nacional, carece de régimen municipal. Régimen municipal quiere decir mucho más que la mera existencia de Municipalidades.
Por Víctor García Costa.
Desde 1995, esto es hace más de diez años, la ciudad de Buenos Aires, que fue la primera en tenerlo con anterioridad a la sanción de la Constitución Nacional, carece de régimen municipal. Régimen municipal quiere decir mucho más que la mera existencia de Municipalidades.La existencia de ese régimen municipal es exigida a las provincias por el artículo 5º de la Constitución Nacional, en un mismo plano que la administración de justicia y la educación primaria, para garantizarles el goce y ejercicio de sus instituciones.Este régimen municipal exigido para la más modesta ciudad argentina no debería serlo en menor grado para la más importante ciudad que es, a la vez, la Capital de la Nación. Esas funciones propias del régimen municipal, para la Ciudad Autónoma fueron renunciadas implícitamente por la Constitución Nacional y expresamente por la primera Constitución de esa Ciudad Autónoma. La ciudad de Buenos Aires tiene, a partir de las sanciones de la Reforma de la Constitución Nacional (1994) y de la Constitución de la Ciudad (1995), un funcionario de nominación equívoca al que se ha dado en llamar Jefe de Gobierno, por que no se ha querido que fuera el tradicional Intendente Municipal, esto es, el funcionario ejecutivo propio de las Municipalidades argentinas. Decimos nominación equívoca porque, en el sistema institucional argentino, la expresión gobierno, significa el conjunto de los tres poderes o ramas funcionales: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial. Por eso es que se dice poderes del Gobierno y no debe decirse, aunque se lo diga equivocadamente, poderes del Estado, porque el Estado no tiene poderes sino que es un poder en sí mismo.Si al funcionario Intendente se lo llama constitucionalmente Jefe de Gobierno, eso quiere decir que sería el jefe de los tres poderes que forman el gobierno, lo que equivale a otorgarle algo así como la suma del poder público. La verdad es que ninguno de los tres poderes tiene Jefes. En ese camino, los concejales han pasado a ser legisladores y el Concejo Deliberante se ha convertido en Legislatura de la Ciudad, a la que se ha adjetivado de autónoma, pero es una ciudad autónoma diferente de las demás ciudades autónomas argentinas que tienen su Intendente y sus Concejales, esto es que en esa parte cumplen el régimen municipal exigido por el artículo 5° de la Constitución Nacional.Puede que estas reflexiones suenen a algunos como un reclamo municipalista pasado de moda, casi como un retroceso frente a los "novedosos avances realizados’’.Nos permitimos recordar que desde la escuela primaria se nos enseñó que el municipio es la célula madre de la democracia, al punto que, históricamente, las comunas fueron los centros de las más grandes luchas en defensa de la libertad y de la justicia, incluida nuestra Revolución de Mayo. La Historia universal de las instituciones políticas demuestra que, muchas veces, la novedad, como el remedio, resulta ser peor que la enfermedad.
Se ha dicho que el régimen municipal quedará reestablecido por el sistema de Comunas en que ha sido dividida la ciudad pero, a pesar de la ley 1777, esas Comunas, que han sido delimitadas, aún carecen de funcionamiento. A la distancia, en perspectiva, como deben ser observados los procesos históricos, con la mayor objetividad posible, debe reconocerse que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no ha definido aún cómo se inserta en el régimen institucional argentino y cuales son sus componentes: ciudad, ciudad-estado, etapa previa a una provincialización sin departamentos o distritos. No creemos que, en esta materia tan delicada valga aquello de "a lo hecho, pecho’’.
(Víctor García Costa es historiador, político, legislador y periodista. Autor de una veintena de libros sobre estos temas, se destaca en estos momentos, por ser uno de los coleccionistas privados de libros y materiales de consulta más importante de la Argentina.)
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